Ley 2/2021, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía

Artículo 46. Sanciones

En pocas palabras

Muy graves: multa de 30.001 a 100.000 euros (1.º tramo, de 30.001 a 65.000; 2.º tramo, de 65.001 a 100.000). Graves: multa de 3.001 a 30.000 euros (1.º tramo, de 3.001 a 16.500; 2.º tramo, de 16.501 a 30.000). Leves: apercibimiento o multa de 300 a 3.000 euros (1.º tramo, de 300 a 1.650; 2.º tramo, de 1.651 a 3.000).

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Texto del artículo 46 de la Ley 2/2021 (LAF)

1. A las infracciones muy graves se impondrá la sanción de multa de 30.001 a 100.000 euros. Distinguiéndose: 1.º tramo: de 30.001 a 65.000 euros. 2.º tramo: 65.001 a 100.000 euros. 2. A las infracciones graves se impondrá la sanción de multa de 3.001 a 30.000 euros. Distinguiéndose: 1.º tramo: de 3.001 a 16.500 euros. 2.º tramo: 16.501 a 30.000 euros. 3. A las infracciones leves se impondrá la sanción de apercibimiento o multa de 300 a 3.000 euros. Distinguiéndose: 1.º tramo: de 300 a 1.650 euros. 2.º tramo: 1.651 a 3.000 euros.

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