Ley 9/2007, de la Administración de la Junta de Andalucía

Artículo 79. Publicidad y transparencia de la actuación administrativa

Título IV. Régimen jurídico de los órganos y de la actuación administrativa›Capítulo I. Derechos de la ciudadanía ante la actuación administrativa›Sección 1.ª. Derechos de información y petición

En pocas palabras

La Administración de la Junta de Andalucía actuará con el máximo respeto a los principios de publicidad y transparencia, con las limitaciones derivadas del derecho a la intimidad o de otros derechos constitucionales con protección específica. Para hacerlos efectivos se reconocen dos derechos: el derecho a la publicidad activa y el derecho de acceso a la información pública, en los términos de la Ley de Transparencia Pública de Andalucía.

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Texto del artículo 79 de la Ley 9/2007 (LAJA)

La actuación de la Administración de la Junta de Andalucía se desarrollará con el máximo respeto a los principios de publicidad y transparencia, sin perjuicio de las limitaciones derivadas del derecho a la intimidad o de otros derechos constitucionales que gozan de una protección específica. Para hacer efectivo estos principios, se reconoce el derecho a la publicidad activa y el derecho de acceso a la información pública en los términos previstos en la Ley de Transparencia Pública de Andalucía.

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