Ley 9/2007, de la Administración de la Junta de Andalucía
Artículo 55. Potestades administrativas
Título III. Entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía›Capítulo II. Agencias›Sección 1.ª. Disposiciones comunes
En pocas palabras
Dentro de la esfera de sus competencias, a las agencias les corresponden las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines, en los términos previstos en sus estatutos. Se exceptúa la potestad expropiatoria.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 55 de la Ley 9/2007 (LAJA)
Dentro de la esfera de sus competencias, corresponden a las agencias las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines, en los términos previstos en sus estatutos, salvo la potestad expropiatoria.
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