Ley 13/2007, de prevención y protección integral contra la violencia de género

Artículo 19. Medios de comunicación públicos y privados de Andalucía

Título I. Investigación, sensibilización y prevención›Capítulo IV. Medidas en el ámbito de la publicidad y de los medios de comunicación

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En pocas palabras

Los medios de comunicación de Andalucía tienen tres cometidos: a) promoverán la elaboración de mecanismos de autorregulación que garanticen la adecuada difusión de las informaciones relativas a la violencia de género, de acuerdo con los principios de la ética periodística; b) difundirán información sobre la protección a las mujeres, sobre los recursos a su disposición y de las campañas de sensibilización; c) velarán para que los programas de sensibilización y formación se emitan en un horario variado que pueda ser visto por toda la población.

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Texto del artículo 19 de la Ley 13/2007 (LVGA)

Los medios de comunicación de Andalucía: a) Promoverán la elaboración de mecanismos de autorregulación que garanticen la adecuada difusión de las informaciones relativas a la violencia de género, de acuerdo con los principios de la ética periodística. b) Difundirán información sobre la protección a las mujeres, sobre los recursos que están a disposición de aquéllas, y de las campañas de sensibilización. c) Velarán para que los programas de sensibilización y formación en esta materia se emitan en un horario variado que pueda ser visto por toda la población.

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