Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno

Artículo 22. Formalización del acceso

Título I. Transparencia de la actividad pública›Capítulo III. Derecho de acceso a la información pública›Sección 2.ª. Ejercicio del derecho de acceso a la información pública

En pocas palabras

El acceso se realiza preferentemente por vía electrónica, salvo que no sea posible o el solicitante haya señalado expresamente otro medio. Si no puede darse al notificar la resolución, se otorga en un plazo no superior a diez días. Con oposición de tercero, solo tiene lugar cuando, concedido, transcurre el plazo del recurso contencioso-administrativo sin formalizarse o este se resuelve confirmando el derecho. Si la información ya está publicada, la resolución puede limitarse a indicar cómo acceder. El acceso es gratuito, pero las copias o el cambio de formato pueden dar lugar a exacciones.

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Texto del artículo 22 de la Ley 19/2013 (LTBG)

1. El acceso a la información se realizará preferentemente por vía electrónica, salvo cuando no sea posible o el solicitante haya señalado expresamente otro medio. Cuando no pueda darse el acceso en el momento de la notificación de la resolución deberá otorgarse, en cualquier caso, en un plazo no superior a diez días. 2. Si ha existido oposición de tercero, el acceso sólo tendrá lugar cuando, habiéndose concedido dicho acceso, haya transcurrido el plazo para interponer recurso contencioso administrativo sin que se haya formalizado o haya sido resuelto confirmando el derecho a recibir la información. 3. Si la información ya ha sido publicada, la resolución podrá limitarse a indicar al solicitante cómo puede acceder a ella. 4. El acceso a la información será gratuito. No obstante, la expedición de copias o la trasposición de la información a un formato diferente al original podrá dar lugar a la exigencia de exacciones en los términos previstos en la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, o, en su caso, conforme a la normativa autonómica o local que resulte aplicable.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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