Ley 1/2014, de Transparencia Pública de Andalucía

Artículo 27. Acceso parcial

Título III. El derecho de acceso a la información pública›Capítulo I. Normas generales

En pocas palabras

Si a la información solicitada le resulta de aplicación alguno de los límites a que se refiere el artículo 25 de la ley, se otorgará el acceso parcial a la información pública, siempre que sea posible, y de conformidad con lo previsto en la Ley básica de acceso a la información pública.

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Texto del artículo 27 de la Ley 1/2014 (LTPA)

En el caso de que a la información solicitada le resulte de aplicación alguno de los límites a que se refiere el artículo 25 de esta ley, se otorgará, siempre que sea posible, el acceso parcial a la información pública, de conformidad con lo previsto en la Ley básica de acceso a la información pública.

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