Ley 1/2014, de Transparencia Pública de Andalucía

Artículo 26. Protección de datos personales

Título III. El derecho de acceso a la información pública›Capítulo I. Normas generales

En pocas palabras

Para resolver las solicitudes de acceso a la información pública que contengan datos personales, ya sean de la propia persona solicitante o de terceras personas, se estará a lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, y en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de conformidad con lo previsto en la legislación básica de acceso a la información pública.

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Texto del artículo 26 de la Ley 1/2014 (LTPA)

De conformidad con lo previsto en la legislación básica de acceso a la información pública, para la resolución de las solicitudes de acceso a la información pública que contengan datos personales de la propia persona solicitante o de terceras personas, se estará a lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, y en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

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