Decreto 197/2021, Reglamento de la Tesorería General de la Junta
Artículo único. Aprobación del Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la gestión recaudatoria
En pocas palabras
El artículo único del Decreto se limita a aprobar el Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la gestión recaudatoria, cuyo texto se inserta a continuación del propio Decreto.
Explicación sencilla
Es la fórmula de aprobación: el Decreto no regula por sí mismo la Tesorería ni la recaudación, sino que aprueba el Reglamento que se inserta a continuación, y de él recibe el Reglamento su denominación completa.
Regla mnemotécnica
Un Decreto, un solo artículo, una sola cosa: aprobar el Reglamento, que se inserta a continuación.
Trampa típica de examen
Recortar la denominación del Reglamento y dejarlo en «de la Tesorería General de la Junta de Andalucía»: el Reglamento aprobado es de organización y funcionamiento de la Tesorería General y, además, de la gestión recaudatoria.
Texto del artículo único del Decreto 197/2021 (DTG)
Se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la gestión recaudatoria, que se inserta a continuación.
Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.
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