Decreto 262/1988, del Libro de Sugerencias y Reclamaciones

Artículo 6

En pocas palabras

La Inspección General de Servicios lleva el control de las denuncias. Las que afecten a dependencias periféricas se controlan y tramitan en cada provincia, y el Inspector Provincial debe informar mensualmente al Jefe de la Inspección General de Servicios sobre las recibidas y las actuaciones practicadas. Toda denuncia motiva la apertura de un expediente, en el que se incluyen las actuaciones practicadas en relación con ella y los informes que se reciban del órgano afectado.

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Texto del artículo 6 del Decreto 262/1988 (DSR)

1. La Inspección General de Servicios llevará el control de las denuncios; las que afecten a dependencias periféricas se controlarán y tramitarán en cada provincia, debiendo el Inspector Provincial informar mensualmente al Jefe de la Inspección General de Servicios sobre las recibidas y actuaciones practicadas en relación con las mismas. 2. Toda denuncia motivará la apertura de un expediente, donde deberán incluirse cuantas actuaciones sean practicadas en relación con ella y los informes que se reciban del órgano afectado.

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