Decreto 282/2010, Reglamento de concesión de subvenciones de la Junta

Artículo 20. Medidas de garantía

Título. REGLAMENTO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA›Capítulo II. De las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones regladas›Sección 2.ª. De la estructura y contenido de las bases reguladoras

En pocas palabras

Cuando la Consejería correspondiente lo estime procedente para proteger los intereses públicos, podrán establecerse en las bases reguladoras garantías a favor del órgano concedente de la subvención, junto con los medios de constitución de esas garantías y el procedimiento de cancelación.

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Texto del artículo 20 del Decreto 282/2010 (DSA)

Cuando la correspondiente Consejería lo estime procedente para proteger los intereses públicos, podrán establecer en las bases reguladoras garantías a favor del órgano concedente de la subvención, así como los medios de constitución y el procedimiento de cancelación.

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