Decreto-ley 3/2024, de simplificación y racionalización administrativa

Artículo 45. Infracciones leves

En pocas palabras

Son infracciones leves: la inexactitud, falsedad u omisión de carácter no esencial en manifestaciones o datos de la declaración responsable o comunicación; incumplir por primera vez los requerimientos específicos o medidas cautelares en el plazo concedido; no subsanar, o no acreditar la subsanación, de deficiencias en el plazo del acta, si no son infracción grave o muy grave; la falta de colaboración en las funciones de comprobación y control; el incumplimiento por simple negligencia de la normativa sectorial; y no comunicar la modificación de un dato no esencial.

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Texto del artículo 45 del Decreto-ley 3/2024 (DLSA)

Tendrán la consideración de infracciones leves: a) La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter no esencial, en cualquier manifestación, incluida la relativa al cumplimiento de los requisitos exigidos, y/o dato contenido en la declaración responsable o comunicación aportada por las personas y entidades interesadas o certificada por entidad colaboradora de certificación. b) El incumplimiento de los requerimientos específicos o de las medidas cautelares que formule la autoridad competente dentro del plazo concedido al efecto, siempre que se produzca por primera vez. c) La falta de subsanación de las deficiencias detectadas en comprobaciones, controles y revisiones reglamentarias en el plazo señalado en el acta correspondiente o la falta de acreditación de tal subsanación ante los órganos competentes, siempre que dichas deficiencias no constituyan infracción grave o muy grave. d) La falta de colaboración con la Administración pública autonómica en el ejercicio por esta de las funciones de comprobación y control reguladas en este Decreto-ley. e) El incumplimiento por simple negligencia de los requisitos u obligaciones establecidos en la normativa sectorial. f) El incumplimiento, establecido en la legislación sectorial, del deber de comunicar al órgano competente la modificación de cualquier dato de carácter no esencial incluido en la declaración responsable o comunicación.

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