Real Decreto 2568/1986, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales

Artículo 180

En pocas palabras

Los interesados en un expediente administrativo tienen derecho a conocer, en cualquier momento, el estado de su tramitación. Lo ejercen recabando la oportuna información de las oficinas correspondientes.

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Texto del artículo 180 del Real Decreto 2568/1986 (ROF)

Los interesados en un expediente administrativo tendrán derecho a conocer, en cualquier momento, el estado de su tramitación, recabando la oportuna información de las oficinas correspondientes.

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