Decreto 18/2006, Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía
Artículo 19. Adquisición de bienes y derechos
En pocas palabras
Las Entidades Locales pueden adquirir y poseer toda clase de bienes y derechos y deben ejercitar las acciones pertinentes para defender su patrimonio, conforme a la Ley 7/1999, a este Reglamento y a la demás normativa aplicable.
Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.
Crear cuenta gratisTexto del artículo 19 del Decreto 18/2006 (RBELA)
Las Entidades Locales podrán adquirir y poseer toda clase de bienes y derechos, debiendo ejercitar las acciones pertinentes para la defensa de su patrimonio, de conformidad con lo establecido en la Ley 7/1999, en el presente Reglamento y demás normativa que resulte de aplicación.
Practica Decreto 18/2006 (RBELA) con tests
Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.