Decreto 97/2000, Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos

Artículo 97. Ediciones de documentos

En pocas palabras

Las ediciones que contengan reproducciones de documentos pertenecientes a cualquier archivo del Sistema Andaluz de Archivos tienen que expresar el archivo de origen de esas reproducciones. Es un deber y alcanza a los documentos de cualquier archivo del Sistema.

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Texto del artículo 97 del Decreto 97/2000 (RSA)

Las ediciones que contengan reproducciones de documentos pertenecientes a cualquier archivo del Sistema Andaluz de Archivos, deberán expresar el archivo de origen de las mismas.

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