Decreto 97/2000, Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos

Artículo 76. Salidas para constitución de depósitos en otros archivos de uso público

En pocas palabras

La salida temporal de documentos para constituir un depósito en otro archivo de uso público se rige por lo establecido en el Título II, Capítulo III, Sección 5.ª del Reglamento. En este caso, el depósito podrá constituirse por plazo inferior a diez años.

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Texto del artículo 76 del Decreto 97/2000 (RSA)

La salida temporal de documentos para la constitución de un depósito en otro archivo de uso público, se regirá por lo establecido en el Título II, Capítulo III, Sección 5.ª del presente Reglamento. En este caso, el depósito podrá constituirse por plazo inferior a diez años.

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