Decreto 97/2000, Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos
Artículo 73. Procedimiento e instrumentos de control
En pocas palabras
El procedimiento de salida de documentos y los instrumentos de control necesarios serán establecidos por la Consejería de Cultura, en el ámbito de sus competencias, para la Administración de la Junta de Andalucía, sus organismos autónomos, empresas públicas y demás entidades dependientes de aquellas.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 73 del Decreto 97/2000 (RSA)
El procedimiento de salida de documentos así como los instrumentos de control necesarios, serán establecidos por la Consejería de Cultura, en el ámbito de sus competencias, para la Administración de la Junta de Andalucía, sus organismos autónomos, empresas públicas y demás entidades de aquellas dependientes.
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