Decreto 97/2000, Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos

Artículo 27. Identificación documental

En pocas palabras

La identificación es la primera fase del tratamiento archivístico. Consiste en el análisis de la organización y de las funciones de las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, y de las series documentales que producen, como base para la valoración documental y para la organización y descripción archivísticas. Es obligatoria para cualquier fondo documental y deberá hacerse, preferentemente, en las áreas de producción documental.

Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.

Crear cuenta gratis

Texto del artículo 27 del Decreto 97/2000 (RSA)

1. La identificación es la primera fase del tratamiento archivístico y consiste en el análisis de la organización y de las funciones de las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, y de las series documentales que producen, como base para la valoración documental y para la organización y descripción archivísticas. 2. La identificación es obligatoria para cualquier fondo documental y deberá hacerse, preferentemente, en las áreas de producción documental.

Practica Decreto 97/2000 (RSA) con tests

Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.

← Ver el artículo en Decreto 97/2000 (RSA)