Decreto 97/2000, Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos

Artículo 17. Archivos de titularidad autonómica

En pocas palabras

Son archivos de titularidad autonómica: el Archivo General de Andalucía; los Archivos Centrales de las Consejerías, de sus organismos autónomos y empresas públicas y de los órganos dependientes; los archivos de las Delegaciones Provinciales de la Junta y de las unidades o centros que dependan de ellas; el archivo del Consejo Consultivo de Andalucía; los del Parlamento de Andalucía, del Defensor del Pueblo Andaluz y de la Cámara de Cuentas de Andalucía, y cualquier otro creado por la Administración de la Junta a través de la Consejería de Cultura.

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Texto del artículo 17 del Decreto 97/2000 (RSA)

Los archivos de titularidad autonómica son los siguientes: a) El Archivo General de Andalucía. b) Los Archivos Centrales de las Consejerías, de sus organismos autónomos y empresas públicas y de los órganos que de ellos dependan. c) Los archivos de las Delegaciones Provinciales de la Junta de Andalucía y cualesquiera otra unidad o centro que de ellas dependan. d) El archivo del Consejo Consultivo de Andalucía. e) Los archivos del Parlamento de Andalucía, del Defensor del Pueblo Andaluz y de la Cámara de Cuentas de Andalucía. f) Cualquier otro archivo creado por la Administración de la Junta de Andalucía a través de la Consejería de Cultura.

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