Decreto 97/2000, Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos

Artículo 117. Normas de conservación y seguridad

En pocas palabras

La Consejería de Cultura aprueba por Orden las normas técnico-archivísticas sobre edificios, locales, instalaciones y equipamiento de los archivos del Sistema. Los proyectos de obras o mejoras se acomodan a esas normas (en los de titularidad estatal y gestión autonómica, al convenio con el Estado); los edificios o locales no pueden albergar con carácter permanente bienes, servicios o actividades ajenos a sus fines; los Archivos Centrales de titularidad autonómica estarán en edificio adscrito al organismo titular. Incumplir el apartado 1 puede acarrear el artículo 15.3 de la Ley 3/1984.

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Texto del artículo 117 del Decreto 97/2000 (RSA)

1. La Consejería de Cultura, dentro del marco de sus competencias y con el fin de garantizar la conservación del Patrimonio Documental Andaluz, aprobará por Orden las normas de carácter técnico-archivístico sobre los edificios, locales, instalaciones y equipamiento que deberán establecerse en los archivos del Sistema Andaluz de Archivos. 2. Con el fin establecido en el apartado anterior y con carácter general, se dispone: a) La redacción y elaboración de proyectos de obras o mejoras de los edificios e instalaciones de archivos deberán acomodarse a las normas aprobadas por la Consejería de Cultura. En el caso de archivos de titularidad estatal y gestión autonómica se estará a lo acordado en el convenio suscrito por la Administración General del Estado y la de la Junta de Andalucía. b) Los edificios, o en su caso, las dependencias y locales destinados a archivos, no podrán albergar, con carácter permanente, bienes, servicios o actividades, ajenos a sus fines. c) Los Archivos Centrales de titularidad autonómica estarán ubicados en edificio adscrito al organismo titular. 3. El incumplimiento de lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo, podrá determinar, en su caso, la aplicación de lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 3/1984, de 9 de enero, de Archivos.

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