Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local

Artículo 18

Título II. El municipio›Capítulo I. Territorio y población

En pocas palabras

Enumera los derechos y deberes de los vecinos: ser elector y elegible; participar en la gestión municipal; utilizar los servicios públicos y acceder a los aprovechamientos comunales; contribuir con prestaciones económicas y personales; ser informado previa petición razonada (art. 105 CE); pedir consulta popular; exigir el servicio si es competencia propia obligatoria; iniciativa popular (art. 70 bis) y los demás que fijen las leyes. El padrón no prueba la residencia legal del extranjero.

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Texto del artículo 18 de la Ley 7/1985 (LRBRL)

1. Son derechos y deberes de los vecinos: a) Ser elector y elegible de acuerdo con lo dispuesto en la legislación electoral. b) Participar en la gestión municipal de acuerdo con lo dispuesto en las leyes y, en su caso, cuando la colaboración con carácter voluntario de los vecinos sea interesada por los órganos de gobierno y administración municipal. c) Utilizar, de acuerdo con su naturaleza, los servicios públicos municipales, y acceder a los aprovechamientos comunales, conforme a las normas aplicables. d) Contribuir mediante las prestaciones económicas y personales legalmente previstas a la realización de las competencias municipales. e) Ser informado, previa petición razonada, y dirigir solicitudes a la Administración municipal en relación a todos los expedientes y documentación municipal, de acuerdo con lo previsto en el artículo 105 de la Constitución. f) Pedir la consulta popular en los términos previstos en la ley. g) Exigir la prestación y, en su caso, el establecimiento del correspondiente servicio público, en el supuesto de constituir una competencia municipal propia de carácter obligatorio. h) Ejercer la iniciativa popular en los términos previstos en el artículo 70 bis. i) Aquellos otros derechos y deberes establecidos en las leyes. 2. La inscripción de los extranjeros en el padrón municipal no constituirá prueba de su residencia legal en España ni les atribuirá ningún derecho que no les confiera la legislación vigente, especialmente en materia de derechos y libertades de los extranjeros en España.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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