Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local

Artículo 138

Título X. Régimen de organización de los municipios de gran población›Capítulo IV. Conferencia de Ciudades

En pocas palabras

En el seno de la Conferencia sectorial para asuntos locales existirá una Conferencia de ciudades. Forman parte de ella la Administración General del Estado, las comunidades autónomas y los alcaldes de los municipios comprendidos en el ámbito de aplicación del título X de la ley.

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Texto del artículo 138 de la Ley 7/1985 (LRBRL)

En el seno de la Conferencia sectorial para asuntos locales, existirá una Conferencia de ciudades de la que formarán parte la Administración General del Estado, las comunidades autónomas y los alcaldes de los municipios comprendidos en el ámbito de aplicación del título X de esta ley.

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