Artículo 70
En pocas palabras
Mediante el correspondiente acuerdo, las Entidades locales podrán también asumir la realización de obras o la gestión de servicios del Estado, incluidos los de la Seguridad Social, o, en su caso, colaborar en ellas. Pueden hacerlo a través de cualquiera de las formas de gestión previstas por las leyes y, en todo caso, mediante consorcio o convenio.
Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.
Crear cuenta gratisTexto del artículo 70 del Real Decreto Legislativo 781/1986 (TRRL)
Mediante el correspondiente acuerdo, las Entidades locales podrán también asumir, o, en su caso, colaborar en la realización de obras o en la gestión de servicios del Estado, incluidos los de la Seguridad Social, a través de cualquiera de las formas de gestión previstas por las leyes, y, en todo caso, mediante consorcio o convenio.
Practica Real Decreto Legislativo 781/1986 (TRRL) con tests
Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.
← Ver el artículo en Real Decreto Legislativo 781/1986 (TRRL)