Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General
Artículo 51
En pocas palabras
La campaña electoral comienza el día trigésimo octavo posterior a la convocatoria, dura quince días y termina, en todo caso, a las cero horas del día inmediatamente anterior a la votación.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 51 de la Ley Orgánica 5/1985 (LOREG)
1. La campaña electoral comienza el día trigésimo octavo posterior a la convocatoria. 2. Dura quince días. 3. Termina, en todo caso, a las cero horas del día inmediatamente anterior a la votación.
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