Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General

Artículo 45

En pocas palabras

Las candidaturas se presentan ante la Junta Electoral competente entre el decimoquinto y el vigésimo día posteriores a la convocatoria. Van suscritas por los representantes de los partidos, federaciones y coaliciones y, en el caso de las agrupaciones de electores, por sus promotores.

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Texto del artículo 45 de la Ley Orgánica 5/1985 (LOREG)

Las candidaturas, suscritas por los representantes de los partidos, federaciones y coaliciones y por los promotores de las agrupaciones de electores, se presentan ante la Junta Electoral competente entre el decimoquinto y el vigésimo día posteriores a la convocatoria.

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