Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General

Artículo 137

En pocas palabras

Todos los delitos electorales a que se refiere el capítulo llevan, además de la pena que señale cada uno de los artículos siguientes, una pena añadida: la inhabilitación especial para el derecho del sufragio pasivo. Es una pena que se suma («además de»), no que sustituye, y recae sobre el sufragio pasivo. Alcanza a «todos» los delitos del capítulo.

Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.

Crear cuenta gratis

Texto del artículo 137 de la Ley Orgánica 5/1985 (LOREG)

Por todos los delitos a que se refiere este capítulo se impondrá, además de la pena señalada en los artículos siguientes, la de inhabilitación especial para el derecho del sufragio pasivo.

Practica Ley Orgánica 5/1985 (LOREG) con tests

Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.

← Ver el artículo en Ley Orgánica 5/1985 (LOREG)