Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General

Artículo 101

En pocas palabras

El Presidente y los Vocales e interventores que lo deseen llevan inmediatamente el primer y el segundo sobre al Tribunal de Instancia o a la Oficina de Justicia en el municipio, con la Fuerza Pública. El Juez expide recibo con día y hora. Dentro de las diez horas siguientes a la recepción de la última documentación, el Juez entrega personalmente los primeros sobres en la Junta Electoral que haga el escrutinio. Los segundos quedan archivados y pueden reclamarlos las Juntas Electorales y los Tribunales competentes. La Junta Electoral Provincial facilita el desplazamiento de los Jueces.

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Texto del artículo 101 de la Ley Orgánica 5/1985 (LOREG)

1. Cuando tengan preparada la correspondiente documentación el Presidente y los Vocales e interventores que lo deseen se desplazarán inmediatamente a la sede del Tribunal de Instancia o de la Oficina de Justicia en el municipio que asista al juez o la jueza de paz dentro de cuya demarcación esté situada la Mesa, para hacer entrega del primer y segundo sobre. La Fuerza Pública acompañará y, si fuera preciso, facilitará el desplazamiento de estas personas. 2. Previa identificación del Presidente y, en su caso, de los Vocales e interventores, el Juez recibirá la documentación y expedirá el correspondiente recibo, en el que hará mención del día y hora en que se produce la entrega. 3. Dentro de las diez horas siguientes a la recepción de la última documentación, el Juez se desplazará personalmente a la sede de la Junta Electoral que deba realizar el escrutinio, donde hará entrega, bajo recibo detallado, de los primeros sobres. 4. Los segundos sobres quedarán archivados en el Tribunal de Instancia o en la Oficina de Justicia correspondiente, pudiendo ser reclamados por las Juntas Electorales en las operaciones de escrutinio general, y por los Tribunales competentes en los procesos contencioso-electorales. 5. La Junta Electoral Provincial adoptará las medidas necesarias para facilitar el desplazamiento de los Jueces a que hace mención el párrafo tercero de este artículo.

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