Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General
Artículo 100
En pocas palabras
La Mesa prepara la documentación electoral en tres sobres. El primero contiene el expediente electoral: originales del Acta de Constitución de la Mesa y del Acta de la sesión, los documentos a que esta se refiera (en particular la lista numerada de votantes y las papeletas no validadas o reclamadas), la lista del Censo electoral utilizada y las certificaciones censales aportadas. El segundo y el tercero contienen copias de ambas actas. Cerrados los sobres, Presidente, Vocales e interventores firman cruzando la parte por la que deban abrirse.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 100 de la Ley Orgánica 5/1985 (LOREG)
1. Acto seguido, la Mesa procede a la preparación de la documentación electoral, que se distribuirá en tres sobres. 2. El primer sobre contendrá el expediente electoral, compuesto por los siguientes documentos: a) El original del Acta de Constitución de la Mesa. b) El original del Acta de la sesión. c) Los documentos a que esta última haga referencia y, en particular, la lista numerada de votantes y las papeletas a las que se hubiera negado validez o que hubieran sido objeto de alguna reclamación. d) La lista del Censo electoral utilizada. e) Las certificaciones censales aportadas. 3. El segundo y el tercer sobre contendrán respectivas copias del acta de constitución de la Mesa y del acta de la sesión. 4. Una vez cerrados todos los sobres, el Presidente, Vocales e interventores pondrán sus firmas en ellos, de forma que crucen la parte por la que en su día deban abrirse.
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