Decreto 304/2011, de estructura de prevención de riesgos laborales de la Junta

Artículo 3. Objetivos

En pocas palabras

La Junta considera principio prioritario la salvaguardia y promoción de la salud y seguridad de su personal empleado público y de todas las personas que trabajen dependiendo directa o indirectamente de sus Órganos. Fija dos grupos de objetivos. Del Plan de Prevención: aplicarlo como instrumento de integración y de coordinación administrativa, reducir progresivamente la siniestralidad con mejora continua e integrar la perspectiva de género. De la Prevención: promover buenas prácticas, contribuir a la Responsabilidad Social Corporativa y dotar adecuadamente la estructura de recursos preventivos.

Explicación sencilla

Declara la salud y seguridad del personal como principio prioritario y exponente de la eficacia y eficiencia de la actividad administrativa, y lo concreta en dos listas distintas: objetivos del Plan de Prevención de Riesgos Laborales y objetivos de la Prevención de Riesgos Laborales. El dato de examen es a qué lista pertenece cada objetivo.

Regla mnemotécnica

Plan = ARI: Aplicación del Plan, Reducción de la siniestralidad, Integración de la perspectiva de género. Prevención = PRD: Promoción de buenas prácticas, Responsabilidad Social Corporativa, Dotación de recursos.

Trampa típica de examen

Colocar la integración de la perspectiva de género entre los objetivos de la Prevención de Riesgos Laborales: el artículo la sitúa entre los objetivos del Plan, referida a su diseño y aplicación.

Texto del artículo 3 del Decreto 304/2011 (DPRL)

La Administración de la Junta de Andalucía considera como principio prioritario en el desarrollo de su actividad administrativa y como exponente de la propia eficacia y eficiencia de la misma, la salvaguardia y promoción de la salud y seguridad del personal empleado público a su cargo, y en general, de todas las personas trabajadoras que desempeñen su trabajo dependiendo de forma directa o indirecta de los Órganos responsables de la misma. Como expresión de esta prioridad, y en consonancia con los requerimientos de calidad en el empleo y en el servicio público, la Administración de la Junta de Andalucía ejercerá sus competencias con los siguientes objetivos: - Objetivos del Plan de Prevención de Riesgos Laborales: a) La aplicación de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, como instrumento para la efectiva integración de la Prevención de Riesgos Laborales en la actividad de las unidades y centros de trabajo, y el desarrollo de la coordinación administrativa de todos los organismos implicados. b) La reducción progresiva del índice de siniestralidad y la mejora continua y optimización del sistema, mediante el compromiso de los Órganos Directivos en la implantación y aplicación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales y en el fomento de la comunicación y participación de las personas trabajadoras, así como mediante la permanente evaluación de los resultados y la consecuente revisión del sistema. c) La integración de la perspectiva de género en el diseño y aplicación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales, como estrategia para garantizar el logro de la igualdad entre mujeres y hombres en materia preventiva. - Objetivos de la Prevención de Riesgos Laborales: a) La promoción e incentivación de las buenas prácticas y hábitos de salud y seguridad laboral. b) La contribución al desarrollo de la Responsabilidad Social Corporativa de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante la atención a la mejora de la calidad de vida de sus empleados de uno y otro sexo, y el compromiso activo con el medio ambiente. c) La dotación adecuada y suficiente de la estructura orgánica de recursos preventivos y de los medios para la aplicación efectiva de la prevención.

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