Ley 8/2025, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2026
Artículo 41. Compensación de las deudas de las entidades locales a favor de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía
En pocas palabras
Las deudas de las entidades locales a favor de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía se compensan preferentemente con cargo a los créditos que esas entidades tengan reconocidos en el Fondo de Participación de las Entidades Locales en los Tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 41 de la Ley 8/2025
Las deudas de las entidades locales a favor de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía se compensarán preferentemente con cargo a los créditos que tuvieran reconocidos en el Fondo de Participación de las Entidades Locales en los Tributos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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