Ley 7/2025, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Artículo 29. Reasignación de bienes y derechos
En pocas palabras
Las reasignaciones de bienes y derechos del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía entre la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias las autoriza el Consejo de Gobierno. Lo hace a propuesta de la persona titular de la Consejería competente en materia de patrimonio.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 29 de la Ley 7/2025 (LPCA)
Corresponde al Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la Consejería competente en materia de patrimonio, autorizar reasignaciones de bienes y derechos del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía entre la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias.
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