Ley 7/2025, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Artículo 29. Reasignación de bienes y derechos

En pocas palabras

Las reasignaciones de bienes y derechos del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía entre la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias las autoriza el Consejo de Gobierno. Lo hace a propuesta de la persona titular de la Consejería competente en materia de patrimonio.

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Texto del artículo 29 de la Ley 7/2025 (LPCA)

Corresponde al Consejo de Gobierno, a propuesta de la persona titular de la Consejería competente en materia de patrimonio, autorizar reasignaciones de bienes y derechos del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía entre la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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