Ley 7/2025, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Artículo 179. Órganos competentes
En pocas palabras
La competencia para ejercer la potestad de desahucio corresponde a la persona titular de la Consejería o de la agencia a la que se encuentre adscrito el bien. El criterio es la adscripción: si el bien está adscrito a una Consejería, su titular; si lo está a una agencia, la persona titular de esta.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 179 de la Ley 7/2025 (LPCA)
La competencia para el ejercicio de la potestad de desahucio corresponderá a la persona titular de la Consejería o agencia a la que se encuentre adscrito el bien.
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