Ley 7/2025, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Artículo 142. Concepto y régimen jurídico
En pocas palabras
Son sociedades mercantiles del sector público andaluz aquellas en las que la Administración de la Junta de Andalucía, sus agencias y demás entidades de derecho público cumplen alguno de estos criterios: participación directa o indirecta en el capital social superior al 50%, mayoría de los derechos de voto, o facultad de nombrar al administrador único o a más de la mitad de los miembros del órgano de administración. Se rigen por el ordenamiento jurídico privado, sin perjuicio de las especialidades de esta ley y de la normativa de derecho público que les sea de aplicación.
Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.
Crear cuenta gratisTexto del artículo 142 de la Ley 7/2025 (LPCA)
1. Tendrán la consideración de sociedades mercantiles del sector público andaluz aquellas sociedades mercantiles en las que la Administración de la Junta de Andalucía, sus agencias y demás entidades de derecho público tengan una participación directa o indirecta en su capital social superior al 50%, o dispongan de la mayoría de los derechos de voto, o tengan la facultad de nombrar al administrador único o a más de la mitad de los miembros del órgano de administración. 2. Estas sociedades se regirán por el ordenamiento jurídico privado, sin perjuicio de las especialidades previstas en esta ley y la normativa de derecho público que les sea de aplicación.
Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.
1 pregunta de test sobre este artículo
Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.