Ley 7/2025, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Artículo 103. Prohibición de donaciones
En pocas palabras
Está prohibida toda disposición gratuita de bienes y derechos del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La única salvedad son los supuestos expresamente establecidos en la propia ley o en la legislación especial: la excepción ha de estar prevista de forma expresa en una de esas dos fuentes.
Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.
Crear cuenta gratisTexto del artículo 103 de la Ley 7/2025 (LPCA)
Queda prohibida toda disposición gratuita de bienes y derechos del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, salvo los supuestos expresamente establecidos en la presente ley o en la legislación especial.
Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.
1 pregunta de test sobre este artículo
Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.