Ley 7/2025, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Artículo 10. Adquisiciones mediante negocio jurídico oneroso o gratuito
En pocas palabras
Las adquisiciones de bienes y derechos mediante negocio jurídico oneroso o gratuito se rigen por las disposiciones de esta ley, sin perjuicio de la normativa básica y de aplicación general sobre el patrimonio de las Administraciones públicas, y supletoriamente por las normas del derecho privado, civil o mercantil. Las adquisiciones de bienes muebles u otros derechos que estén dentro del ámbito del contrato de suministro o de cualquier otro de los regulados en la legislación de contratos del sector público se rigen por su normativa específica.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 10 de la Ley 7/2025 (LPCA)
Las adquisiciones de bienes y derechos mediante negocio jurídico oneroso o gratuito se regirán por las disposiciones de esta ley, sin perjuicio de la normativa básica y de aplicación general sobre el patrimonio de las Administraciones públicas, y supletoriamente por las normas del derecho privado, civil o mercantil. Se regirán por su normativa específica las adquisiciones de bienes muebles u otros derechos que se encuentren dentro del ámbito del contrato de suministro o de cualquier otro de los regulados en la legislación de contratos del sector público.
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