Decreto 226/2020, de organización territorial provincial de la Junta de Andalucía

Artículo 3. De las personas titulares de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía

En pocas palabras

Las personas titulares de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía son los máximos órganos directivos periféricos representantes de la Junta de Andalucía en la provincia. El artículo lo afirma de conformidad con el artículo 36 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y con el Decreto 512/1996, de 10 de diciembre, por el que se crean y regulan las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía.

Explicación sencilla

Define la posición de quien está al frente de la Delegación del Gobierno: es el máximo órgano directivo periférico y representa a la Junta de Andalucía en la provincia. Cita además las dos normas en las que se apoya esa condición: la Ley 9/2007 y el Decreto 512/1996.

Regla mnemotécnica

Máximo, periférico y representante: la persona titular de la Delegación del Gobierno es el máximo órgano directivo periférico que representa a la Junta de Andalucía en la provincia. Apoyos: artículo 36 de la Ley 9/2007 y Decreto 512/1996.

Trampa típica de examen

Decir que representan en la provincia a una Consejería: el texto las define como representantes de la Junta de Andalucía en la provincia, y como los máximos órganos directivos periféricos.

Texto del artículo 3 del Decreto 226/2020 (DOT)

De conformidad con lo previsto en el artículo 36 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y en el Decreto 512/1996, de 10 de diciembre, por el que se crean y regulan las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía, las personas titulares de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía son los máximos órganos directivos periféricos representantes de la Junta de Andalucía en la provincia.

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