Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público

Artículo 95. Gestión compartida de servicios comunes

Título II. Organización y funcionamiento del sector público institucional›Capítulo III. De los organismos públicos estatales›Sección 1.ª. Disposiciones generales

En pocas palabras

La norma de creación de los organismos públicos estatales incluirá la gestión compartida de algunos o todos los servicios comunes, salvo que la decisión de no compartirlos se justifique en la memoria en términos de eficiencia conforme al artículo 7 de la Ley Orgánica 2/2012, por razones de seguridad nacional, o cuando la gestión compartida afecte a servicios que deban prestarse de forma autónoma en atención a la independencia del organismo. La coordinación corresponde al Ministerio de adscripción, al Ministerio de Hacienda o a un organismo público vinculado a él. Se consideran servicios comunes, al menos: gestión de bienes inmuebles; sistemas de información y comunicación; asistencia jurídica; contabilidad y gestión financiera; publicaciones; y contratación pública.

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Texto del artículo 95 de la Ley 40/2015 (LRJSP)

1. La norma de creación de los organismos públicos del sector público estatal incluirá la gestión compartida de algunos o todos los servicios comunes, salvo que la decisión de no compartirlos se justifique, en la memoria que acompañe a la norma de creación, en términos de eficiencia, conforme al artículo 7 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en razones de seguridad nacional o cuando la organización y gestión compartida afecte a servicios que deban prestarse de forma autónoma en atención a la independencia del organismo. La organización y gestión de algunos o todos los servicios comunes se coordinará por el Ministerio de adscripción, por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas o por un organismo público vinculado o dependiente del mismo. 2. Se consideran servicios comunes de los organismos públicos, al menos, los siguientes: a) Gestión de bienes inmuebles. b) Sistemas de información y comunicación. c) Asistencia jurídica. d) Contabilidad y gestión financiera. e) Publicaciones. f) Contratación pública.

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