Decreto 92/2022, Reglamento de la Intervención General de la Junta de Andalucía
Artículo 98. Planes de comprobación
En pocas palabras
Si la Intervención General detecta irregularidades sistémicas, el organismo intermedio del programa operativo debe elaborar un plan de comprobación para delimitar, en su caso, el error sistémico y adoptar las medidas correctoras necesarias. De ese plan se da traslado a la Intervención General, para que revise y valide el procedimiento aplicado y las conclusiones obtenidas. Del resultado se da cuenta en el informe anual.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 98 del Decreto 92/2022 (ROFIG)
1. Si por la Intervención General se detectaran irregularidades sistémicas, el organismo intermedio del programa operativo deberá elaborar un plan de comprobación para la delimitación, en su caso, del error sistémico y para adoptar las medidas correctoras necesarias. 2. De dicho plan se dará traslado a la Intervención General para su revisión y validación del procedimiento aplicado y de las conclusiones obtenidas. Del resultado se dará cuenta en el informe anual.
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