Decreto 92/2022, Reglamento de la Intervención General de la Junta de Andalucía

Artículo 57. Fiscalización del reconocimiento de la obligación

En pocas palabras

A la fiscalización del reconocimiento de las obligaciones relativas a gastos de personal se le aplican las normas generales del Reglamento. En concreto se comprueba que la obligación responde a gastos aprobados y comprometidos y, en su caso, fiscalizados previamente con carácter favorable, y que el reconocimiento de la obligación se realiza por el órgano competente.

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Texto del artículo 57 del Decreto 92/2022 (ROFIG)

Para la fiscalización del reconocimiento de las obligaciones relativas a los gastos de personal serán de aplicación las normas generales establecidas en este Reglamento y en concreto se comprobará que la obligación responde a gastos aprobados y comprometidos y, en su caso, fiscalizados previamente con carácter favorable y que el reconocimiento de la obligación se realiza por el órgano competente.

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