Decreto 92/2022, Reglamento de la Intervención General de la Junta de Andalucía

Artículo 40. Alcance y efectos de la comprobación material del gasto

En pocas palabras

Por resolución motivada de la persona titular de la Intervención General, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, puede establecerse la comprobación material del gasto en los contratos como modalidad de control previo en el ámbito de gestión sometido a control financiero permanente. Si el resultado de la comprobación es desfavorable, tiene efectos suspensivos, que se desarrollan en los términos que establezca esa resolución.

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Texto del artículo 40 del Decreto 92/2022 (ROFIG)

Mediante resolución motivada de la persona titular de la Intervención General publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, podrá establecerse, como modalidad de control previo aplicable al ámbito de gestión sometido a control financiero permanente, la comprobación material del gasto en los contratos que se celebren en dicho ámbito. El resultado desfavorable de esta comprobación material tendrá efectos suspensivos, que se desarrollarán en los términos que establezca la mencionada resolución.

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