Decreto 601/2019, de la Inspección General de Servicios de la Junta de Andalucía

Artículo 22. Asignación de la actuación inspectora

En pocas palabras

Una vez acordada la apertura de una actuación inspectora, la persona titular de la Jefatura de la Inspección General de Servicios asigna su desarrollo a una o varias personas, inspectores o inspectoras integrantes de la relación de puestos de trabajo de ese órgano. En su caso, también puede designarse personal colaborador conforme a lo previsto en el artículo 8.

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Texto del artículo 22 del Decreto 601/2019 (DIGS)

Acordada la apertura de una actuación inspectora, la persona titular de la Jefatura de la Inspección General de Servicios asignará su desarrollo a una o varias personas, inspectores o inspectoras integrantes de la relación de puestos de trabajo de este órgano. En su caso, podrá procederse igualmente a la designación del personal colaborador conforme a lo previsto en el artículo 8.

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