Ley 3/2005, de incompatibilidades de altos cargos de la Junta de Andalucía

Artículo 10. Obligación de declarar sobre causas de incompatibilidad y plazo para efectuar la declaración

En pocas palabras

Los altos cargos a los que se refiere la Ley están obligados a declarar sobre las causas de posible incompatibilidad. La declaración se hace con arreglo al modelo que aprobará la Consejería competente por razón de la materia y en el plazo que se determine reglamentariamente: el artículo no fija ningún plazo concreto.

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Texto del artículo 10 de la Ley 3/2005 (LIAC)

Los altos cargos a los que se refiere la presente Ley estarán obligados a declarar sobre las causas de posible incompatibilidad con arreglo al modelo que aprobará la Consejería competente por razón de la materia. Dicha declaración se efectuará en el plazo que se determine reglamentariamente.

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