Decreto 96/2017, de coordinación de la estrategia de imagen institucional

Artículo 16. Modificaciones y acciones de comunicación no incluidas en la Estrategia Anual de Comunicación

En pocas palabras

Dentro de los veinte primeros días de cada cuatrimestre, cada Consejería, a través de su Secretaría General Técnica, debe comunicar al Centro Directivo competente en materia de comunicación social las modificaciones que pretenda realizar en las acciones de comunicación aprobadas para dicho período, incluidas las de sus entidades y consorcios de adscripción. Las entidades de la disposición adicional segunda de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, lo comunican a través de su Secretaría General. En casos de urgente necesidad se aplica el artículo 14.8 del Decreto.

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Texto del artículo 16 del Decreto 96/2017 (DII)

1. Dentro de los veinte primeros días de cada cuatrimestre, cada una de las Consejerías de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de su Secretaría General Técnica, deberá comunicar, al Centro Directivo competente en materia de comunicación social, las modificaciones que se pretendan realizar en las acciones de comunicación aprobadas para dicho período, incluyendo las modificaciones de sus entidades y consorcios de adscripción. En el caso de las entidades de la disposición adicional segunda de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, la comunicación se realizará a través de su Secretaría General. 2. En casos de urgente necesidad se aplicará lo previsto en el artículo 14.8 de este Decreto. 3. (Derogado)

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