Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

Artículo 70. Protección en situación de embarazo

Título VI. Igualdad de trato en el acceso a bienes y servicios y su suministro

En pocas palabras

En el acceso a bienes y servicios, ningún contratante puede indagar sobre la situación de embarazo de una mujer que los demande. El artículo recoge una salvedad: que se haga por razones de protección de la salud de la mujer.

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Texto del artículo 70 de la Ley Orgánica 3/2007 (LOI)

En el acceso a bienes y servicios, ningún contratante podrá indagar sobre la situación de embarazo de una mujer demandante de los mismos, salvo por razones de protección de su salud.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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