Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

Artículo 66. Aplicación en las Fuerzas Armadas de las normas referidas al personal de las administraciones públicas

Título V. El principio de igualdad en el empleo público›Capítulo IV. Fuerzas Armadas

En pocas palabras

Las normas referidas al personal al servicio de las administraciones públicas en materia de igualdad, protección integral contra la violencia de género y la violencia sexual, y conciliación de la vida personal, familiar y profesional son de aplicación en las Fuerzas Armadas, con las adaptaciones que resulten necesarias y en los términos establecidos en su normativa específica.

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Texto del artículo 66 de la Ley Orgánica 3/2007 (LOI)

Las normas referidas al personal al servicio de las administraciones públicas en materia de igualdad, protección integral contra la violencia de género y la violencia sexual, y la conciliación de la vida personal, familiar y profesional serán de aplicación en las Fuerzas Armadas, con las adaptaciones que resulten necesarias y en los términos establecidos en su normativa específica.

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