Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

Artículo 4. Integración del principio de igualdad en la interpretación y aplicación de las normas

Título I. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación

En pocas palabras

La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres es un principio informador del ordenamiento jurídico. Por serlo, se integrará y observará en dos momentos: la interpretación y la aplicación de las normas jurídicas.

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Texto del artículo 4 de la Ley Orgánica 3/2007 (LOI)

La igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres es un principio informador del ordenamiento jurídico y, como tal, se integrará y observará en la interpretación y aplicación de las normas jurídicas.

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