Ley 12/2007, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía
Artículo 75. Infracciones leves
Título V. Infracciones y sanciones›Capítulo I. Infracciones
En pocas palabras
Son infracciones leves tres conductas: a) la insuficiente o parcial colaboración con el Instituto Andaluz de la Mujer durante la acción investigadora e inspectora de este; b) la insuficiente o parcial colaboración con la actuación inspectora de la Administración de la Junta de Andalucía; y c) las acciones u omisiones tipificadas como graves o muy graves, cuando se hayan cometido por imprudencia o simple negligencia.
Este artículo tiene explicación, regla mnemotécnica y la trampa típica de examen. Se ven con una cuenta gratis.
Crear cuenta gratisTexto del artículo 75 de la Ley 12/2007 (LIGA)
Son infracciones leves: a) La insuficiente o parcial colaboración con el Instituto Andaluz de la Mujer durante la acción investigadora e inspectora de este. b) La insuficiente o parcial colaboración con la actuación inspectora de la Administración de la Junta de Andalucía. c) Las acciones u omisiones tipificadas como graves o muy graves, cuando se hayan cometido por imprudencia o simple negligencia.
Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.
1 pregunta de test sobre este artículo
Con tu plan, Opositasuite te dice qué artículos estudiar cada día y te los pregunta hasta que los dominas.