Ley 12/2007, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía

Artículo 50 ter. Cultura

Título II. Medidas para promover la igualdad de género›Capítulo V. Políticas de promoción y atención a las mujeres

En pocas palabras

Las Administraciones públicas de Andalucía velan por la igualdad de trato y de oportunidades en la creación, producción y difusión artística y cultural, y fomentan con sus convocatorias y bases reguladoras proyectos culturales con igualdad. Con las agencias y entidades instrumentales de la Junta deben: promocionar a las mujeres en la cultura, impulsar políticas de ayuda a la autoría femenina, promover la presencia equilibrada en la oferta pública, garantizar la representación equilibrada en órganos y jurados de premios, adoptar acciones positivas y velar contra los estereotipos sexistas.

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Texto del artículo 50 ter de la Ley 12/2007 (LIGA)

1. Las Administraciones públicas de Andalucía, en su ámbito de competencias, velarán por hacer efectivo el principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en lo relativo a la creación y producción artística y cultural y a la difusión de la misma. 2. Las Administraciones públicas de Andalucía, a través de sus respectivas convocatorias y bases reguladoras, fomentarán actividades o proyectos culturales que incorporen el principio de igualdad entre mujeres y hombres en su diseño y ejecución. 3. Las Administraciones públicas de Andalucía, agencias y demás entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía desarrollarán las siguientes actuaciones: a) Adoptar iniciativas destinadas a favorecer la promoción específica de las mujeres en la cultura y a combatir su discriminación. b) Impulsar políticas activas de ayuda a la creación, producción, emprendimiento y difusión artística y cultural de autoría femenina, con el objetivo de crear las condiciones para que se produzca una efectiva igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. c) Promover la presencia equilibrada de mujeres y hombres en la oferta artística y cultural pública. d) Garantizar la representación equilibrada entre mujeres y hombres en los distintos órganos consultivos, científicos y de decisión existentes en el organigrama artístico y cultural, así como en los jurados de premios promovidos o subvencionados por la Junta de Andalucía. e) Adoptar medidas de acción positiva para favorecer la creación y producción artística de las mujeres, propiciando el intercambio cultural, intelectual y artístico a nivel regional, nacional e internacional y la suscripción de convenios con los organismos competentes. f) Velar por que las manifestaciones artísticas y culturales, ya sean sostenidas tanto por fondos públicos como privados, no fomenten, enaltezcan o reproduzcan estereotipos y valores sexistas.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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