Decreto Legislativo 1/2010, Ley General de la Hacienda Pública de Andalucía

Artículo 82. Límites y requisitos de las garantías

Título IV. De la Tesorería y de los avales›Capítulo II. De los avales

En pocas palabras

La Ley del Presupuesto de cada ejercicio fija el importe total de los avales y el límite individual de cada uno. Para avalar a empresas privadas: domicilio en Andalucía y que en ella radiquen la mayoría de sus activos o se realice la mayor parte de sus operaciones; créditos para gastos de inversión que mejoren en Andalucía la producción o el empleo, o para reconversión y reestructuración con plan económico y financiero viable; la Tesorería General responde solo si incumple el deudor principal y cabe renunciar a la excusión. El Consejo de Gobierno puede otorgar la garantía como solidaria.

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Texto del artículo 82 del Decreto Legislativo 1/2010 (TRLGHP)

1. El importe total de los avales a prestar y el límite individual de cada uno de ellos dentro de la cuantía global, serán determinados por la Ley del Presupuesto de cada ejercicio. 2. Cuando se avale a empresas privadas se deberán reunir los siguientes requisitos: a) Prestarse a favor de empresas con domicilio en Andalucía y que en ella radiquen la mayoría de sus activos, o se realicen la mayor parte de sus operaciones. b) Los créditos garantizados tendrán como finalidad financiar los gastos de inversión que supongan en Andalucía una mejora de las condiciones de la producción o de los niveles de empleo, y operaciones de reconversión y reestructuración mediante un plan económico y financiero del que se derive su viabilidad. c) La Tesorería General responderá de las obligaciones de amortización y pago de intereses, si así se estableciese, solo en el caso de no cumplir tales obligaciones la persona o entidad deudora principal, pudiendo convenirse la renuncia al beneficio de excusión que establece el artículo 1830 del Código Civil. El Consejo de Gobierno podrá determinar en cada operación concreta que el otorgamiento de la garantía se conceda con carácter solidario.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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