Ley 6/2006, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía
Artículo 42. Efectos y contenido del decreto de disolución
Título V. De las relaciones de la Presidencia de la Junta de Andalucía y del Consejo de Gobierno con el Parlamento de Andalucía›Capítulo III. De la disolución del Parlamento de Andalucía
En pocas palabras
El decreto de disolución del Parlamento de Andalucía se publica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y entra en vigor el mismo día de su publicación, sin esperar al día siguiente. El propio decreto debe fijar la fecha de celebración de las nuevas elecciones y las demás circunstancias previstas en la legislación electoral.
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Crear cuenta gratisTexto del artículo 42 de la Ley 6/2006 (LGA)
El decreto de disolución del Parlamento de Andalucía se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y entrará en vigor el mismo día de su publicación. En él se fijará la fecha de celebración de las nuevas elecciones y demás circunstancias previstas en la legislación electoral.
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