Ley 6/2006, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía

Artículo 28. Normas aplicables al funcionamiento del Consejo de Gobierno

Título III. Del funcionamiento del Consejo de Gobierno›Capítulo I. Disposiciones generales

En pocas palabras

El Consejo de Gobierno se rige, en su organización y funcionamiento, por tres tipos de normas: 1) la propia Ley 6/2006; 2) los decretos de la Presidencia de la Junta de Andalucía y los decretos del Consejo de Gobierno; 3) las disposiciones organizativas internas dictadas al efecto. El artículo abre el Título III, dedicado al funcionamiento del Consejo de Gobierno.

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Texto del artículo 28 de la Ley 6/2006 (LGA)

El Consejo de Gobierno se rige, en su organización y funcionamiento, por la presente Ley, por los decretos de la Presidencia de la Junta de Andalucía y del Consejo de Gobierno y por las disposiciones organizativas internas dictadas al efecto.

Comprueba siempre el texto oficial: este contenido es de estudio y no lo sustituye.

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